Me caí en una tienda — ¿puedo demandar?
Puede tener caso si la tienda sabía — o debía saber — del peligro (piso mojado, producto tirado, tapete suelto) y no lo arregló ni avisó a tiempo. Caerse no basta; la clave es probar el descuido. Reporte la caída antes de irse, pida copia del reporte, y actúe rápido: los videos de la tienda se borran en días.
¿Se cayó en un negocio? El video se está borrando — 24/7.
Hablamos español. Sin costos de su bolsillo — trabajamos por contingencia.
¿Qué tengo que probar para ganar?
Tres cosas: que había una condición peligrosa (líquido, grasa, producto caído, escalón roto), que la tienda lo sabía o llevaba suficiente tiempo ahí para que lo descubriera con inspecciones razonables, y que no lo arregló ni puso aviso. La defensa de toda tienda es la misma frase: “no sabíamos”. El caso se gana venciendo esa frase — con sus registros de inspección, el video, y quejas anteriores.
¿Qué hago antes de salir de la tienda?
Si puede: reporte la caída al gerente y pida que hagan reporte de incidente — y pida copia o foto del reporte. Tome fotos de LO QUE lo hizo caer (el líquido, el cable, el tapete) antes de que lo limpien, de sus zapatos, y del área. Nombres y teléfonos de testigos. Si el dolor es fuerte, la ambulancia primero — todo lo demás se puede reconstruir, su salud no.
¿Por qué corre prisa si tengo dos años para demandar?
Porque la evidencia no espera dos años: los videos de seguridad se borran en días o semanas, y son la mejor prueba de cuánto tiempo estuvo el peligro en el piso. Un abogado manda inmediatamente una carta exigiendo preservar el video y los registros de limpieza. Cada semana sin esa carta es evidencia que desaparece legalmente.
La tienda dice que fue mi culpa por no fijarme. ¿Se acabó el caso?
No. En California la culpa compartida solo reduce el reclamo por su porcentaje — no lo elimina. Y el argumento corta en las dos direcciones: si el peligro era tan obvio que usted debía verlo, también era tan obvio que los empleados debían verlo y limpiarlo. No acepte que un empleado o ajustador le diga en la puerta que “no hay caso”.
¿Y si me caí en una banqueta o en mi edificio de apartamentos?
Cambian los responsables, no la lógica. En un edificio: el dueño debe mantener las áreas comunes seguras. En banqueta pública: puede ser la ciudad — y ahí el plazo es de solo seis meses para el reclamo contra el gobierno (Código de Gobierno § 911.2): vea sus plazos. Su estatus migratorio no afecta ninguno de estos reclamos.
Reporte, foto, y llámenos — en ese orden.
Hablamos español. Sin costos de su bolsillo — trabajamos por contingencia.