Me atropelló un carro — ¿qué hago?
Busque atención médica de inmediato — las lesiones de peatón suelen ser serias aunque no se vean. Como peatón atropellado usted casi siempre tiene reclamo: contra la aseguranza del conductor, y si el conductor huyó o no tiene seguro, la cobertura de motorista sin seguro de su familia puede cubrirlo. Cruzar fuera de la esquina NO le quita sus derechos.
¿Atropellado? Su reclamo es más fuerte de lo que cree — 24/7.
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¿Qué hago primero?
Emergencias médicas primero: 911, revisión completa, y diga todos sus síntomas — en atropellos son comunes las lesiones de cabeza y las internas que no se ven. Si puede, o alguien puede por usted: fotos de la escena y del carro, placas, datos del conductor y de testigos, y que venga la policía a hacer reporte. Ese reporte vale mucho en reclamos de peatón.
¿El conductor siempre tiene la culpa cuando atropella a un peatón?
No automáticamente, pero la ley protege fuerte al peatón: los conductores deben ceder el paso en cruces peatonales, marcados o no (Código Vehicular § 21950), y siempre tienen el deber de cuidado hacia peatones. La aseguranza va a intentar culparlo a usted — por eso la evidencia de la escena y los testigos importan tanto.
Crucé a media calle. ¿Perdí mi caso?
No. California eliminó las multas por cruzar fuera de la esquina cuando es seguro (la ley “Freedom to Walk”, AB 2147), y aunque le asignen un porcentaje de culpa, en California usted todavía recupera el resto — la culpa compartida reduce el reclamo, no lo elimina. No deje que un ajustador le diga que “por cruzar mal” no tiene caso.
¿Quién me paga si el conductor huyó o no tiene seguro?
Opciones que mucha gente no conoce: la cobertura de motorista sin seguro (UM) de su propia póliza de auto — o la de un familiar con quien vive — cubre a peatones atropellados (Código de Seguros § 11580.2). Sí: su póliza de carro puede cubrirlo aunque usted iba a pie. Si huyó, reporte a la policía dentro de 24 horas — es requisito para ese tipo de reclamo.
¿Y si me atropelló un carro de la ciudad o un autobús?
El plazo se encoge a seis meses para presentar un reclamo contra el gobierno (Código de Gobierno § 911.2) — aplica a autobuses del Metro, vehículos de la ciudad, y también si una banqueta o cruce en mal estado contribuyó. Con gobierno en el caso, cada semana cuenta: vea sus plazos.
Los peatones tienen más protección de la que les dicen.
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